COMUNICADO Nº 24

NOTA INFORMATIVA DE LA AEAT SOBRE RECTIFICACIONES DE PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES (MODELO 202)

 

La AEAT ha publicado una nota informativa en relación a una de las medidas tributarias adoptadas la semana pasada (cambio de la modalidad de pago fraccionado cuando ya se hubiese presentado antes de la publicación del RD-LEY 15/2020, de 21 de abril).

A continuación, os detallamos aquellos aspectos que pueden ser del interés de las sociedades cooperativas:

Respecto de aquellos contribuyentes que presentaron sus autoliquidaciones de pagos a cuenta del IS (modelo 202) con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo (BOE de 22 de abril), la Agencia Tributaria ha implementado un sistema para facilitar la aplicación de la medida prevista en el artículo 9 de dicho Real Decreto-ley, esto es la posibilidad de optar por la modalidad de pagos fraccionados prevista en el artículo 40.3 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (VER CIRCULAR FEVECTA Nº 22 DE MEDIDAS FISCALES - ARTÍCULO 9)

Deberán presentar una nueva autoliquidación aplicando esta modalidad y, adicionalmente, el formulario GZ281 que identifique la primera autoliquidación presentada.

La presentación de ambos documentos permitirá acelerar el proceso de rectificación de la primera autoliquidación con anulación de sus efectos económicos (domiciliaciones de pago, solicitudes de aplazamiento/fraccionamiento o de compensación, etc.) y se acordarán las devoluciones que procedan en cada caso.

Si bien el formulario estará disponible hasta el 20 de mayo de 2020, es importante tener en cuenta que, si se ha solicitado la domiciliación de la primera autoliquidación, para que resulte posible la anulación de dicha domiciliación el formulario y la segunda declaración deberán presentarse no más tarde del 15 de mayo.

Más información: AEAT AQUÍ




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